aperturas psicoanalíticas

aperturas psicoanalíticas

revista internacional de psicoanálisis

Número 041 2012

El ocultamiento de lo humano: repugnancia, vergüenza y ley [Nussbaumm, M. 2006]

Autor: Pedano, Miguel Martín

Palabras clave

Derecho y emociones, Repugnancia, Asco, Emocion/es, Legalidad y emociones, Repugnancia y legislacion, Vergüenza y legislacion, La repugnancia y los grupos sociales, Repugnancia misogina, Repugnancia homofobica, Vergüenza y estigma, Vergüenza y culpa, Verg.


Reseña: Hiding from Humanity. Disgust, Shame, and the Law. Martha Nussbaum. El ocultamiento de lo humano: repugnancia, vergüenza y ley. 1º ed.-Buenos Aires: Katz, 2006. 420p.

He de advertir al lector que Marta Nussbaum es profesora de derecho y ética  y que su libro “El ocultamiento de lo humano” tiene como objeto principal al derecho (y en especial el estadounidense) y su relación con las emociones y sus efectos de las leyes sobre los individuos, aunque para ello tenga que adentrarse, en mi opinión de manera interesante, en dos emociones de importancia como la repugnancia y la vergüenza. La advertencia, entonces, va enfocada a que no se trata un libro de psicología como tal aunque, para el lector curioso, puede ser valioso en cuanto a la perspectiva legal de las emociones y su repercusión en los sujetos.

Introducción

La autora comienza su libro preguntándose si deben las leyes de una sociedad infligir castigos avergonzantes  a las personas que delinquen o cometan una falta (como poner una pegatina en el coche de una persona castigada por beber ebria) con el objetivo de que haya un escarmiento o, por el contrario, si las leyes deben proteger de la estigmatización y la vergüenza (como por ejemplo a personas minusválidas). Asimismo se pregunta si debe la repugnancia  ser un criterio legal fiable para captar aquellas conductas sociales que atentan contra la moral de la sociedad; ¿puede ser tenida en cuenta por el derecho, por ejemplo, en casos de asesinato? (Nussbaum nos cita un caso real en el que un vagabundo mató a dos mujeres que mantenían relaciones sexuales entre ellas y que su defensa, para rebajar la pena de asesinato a homicidio culposo, se basó en la repugnancia que le produjo al acusado presenciar la escena lésbica).

¿Están las emociones presentes en el derecho? Aunque existen posturas diferentes  ante esto, la autora nos argumenta que sin ellas, sin la presencia implícita de las emociones, no se entendería el derecho. Si  usamos las leyes, nos dirá, es que somos y nos sentimos vulnerables, hacemos y podemos ser objeto de daño (a la persona, a la propiedad, a las creencias) y necesitamos, por ende, que se nos proteja. Las emociones son las diferentes respuestas a estas situaciones de vulnerabilidad en que vivimos y las leyes deben captarlas (a través de la construcción imaginaria del “hombre razonable”) para sopesar su pertinencia o no en la determinación de los hechos.

La concepción de la autora, como podemos imaginar, es contraria a considerar a las emociones como las pasiones irracionales (concepción por la que los teóricos del derecho “más racionales” prefieren dejarla fuera de lo legal). Plantea que tanto la ira y el temor (ira porque pueden habernos violado o asesinado a un ser querido; temor porque podemos ser atacados) están presentes en el derecho. La repugnancia y la vergüenza son dos emociones que la autora se propone profundizar para dar cuenta de los innumerables inconvenientes que estas pueden acarrear  a nivel legal.

Nussbaum sostiene que su libro representa un ensayo sobre los fundamentos psicológicos del liberalismo y de las condiciones de la sociedad para mantener un respeto liberal por la igualdad humana. Y nos deja una pregunta, en mi opinión, muy interesante:

“¿Qué normas de razonabilidad en las emociones son las indicadas para incorporar a las leyes, por expresar   y nutrir emociones apropiadas en los ciudadanos?” (Pág.29)

Ciudadano e instituciones sostenidos mutuamente. Las instituciones sostenidas por la buena voluntad de los ciudadanos; las instituciones corporizando y enseñando normas sobre lo que es un ciudadano bueno y respetable.

Su intención: “Lo que propongo, de hecho, es algo que creo que nunca lograremos plenamente: una sociedad que reconozca su propia humanidad y que no nos oculte de ella, ni a ella de nosotros; una sociedad de ciudadanos que admitan que tienen necesidades y son vulnerables, y que descarten las grandiosas demandas de omnipotencia y completitud que han permanecido en el corazón de tanta miseria humana, tanto pública como privada.”(Pág.30)

Las emociones y el derecho

Emoción y creencia, emoción y valor

Contra la vieja idea que concebía a las emociones como procesos emocionales, fuerzas internas que nos dominan y ajenos a la órbita de los pensamientos, la autora considera que las emociones son experiencias humanas que tienen características específicas centradas en las creencias; tomando a Aristóteles en la Retórica asegura: 

“…las creencias  son bases esenciales para las emoción. Cada tipo de emoción está asociada con una familia específica de creencias tales que , si una persona no cree o deja de creer en la familia relevante, no tendrá o dejará de tener la emoción” (pág. 41).

Y nos dirá más, no sólo están asociadas creencias-emoción, sino que cada emoción, para no ser sólo sensación, requiere su ligazón con una creencia. Muchas emociones, de ser sólo sensaciones, podrían confundirse. No es sino la creencia que le acompaña a la emoción, nos dirá la autora, la que diferencia una emoción de otra (la ira y su creencia de un daño infringido injustamente, la pena y la creencia en el sufrimiento significativo de otra persona).

La repugnancia y nuestro cuerpo animal

Repugnancia y legislación

“La repugnancia es una poderosa emoción para la mayoría de los seres humanos. Ella modela nuestra intimidad y provee gran parte de la estructura de nuestra rutina diaria, en tanto lavamos nuestros cuerpos, buscamos privacidad para orinar y defecar, eliminamos los olores desagradables con un cepillo de dientes y enjuague bucal, olemos nuestras axilas cuando nadie nos ve, nos miramos en el espejo para asegurarnos de no tener mocos atrapados entre los pelos de la nariz”. (Pág.90)

También la repugnancia, nos dice Nussmaum, está presente en el derecho. Leyes contra la obscenidad y la sodomía han tenido por base legal para evitarlas, ponerles coto, la repugnancia que las personas ´bien-pensantes´ sienten al concebir mentalmente esos actos.

La autora nos desgrana los argumentos esgrimidos a favor de la repugnancia en el derecho, argumentos que sostienen que esta emoción es un parámetro legítimo para impedir un acto por perjudicial: la repugnancia guarda una sabiduría en sí que nos permite razonar sobre lo perjudicial o no de un acto; la repugnancia en tanto producto social es un indicador de lo que ha llegado a ser importante a nivel social.

El contenido cognitivo de la repugnancia

Según Nussbaum la repugnancia es una emoción visceral que involucra reacciones físicas a estímulos que tienen, a menudo, marcadas características corporales. Cita la autora a Paul Rozin (profesor de psicología de la universidad de Pensilvania) sobre la definición de repugnancia: “repulsión a la perspectiva de la incorporación (oral) de un objeto ofensivo. Los objetos ofensivos son contaminantes; es decir, si toman contacto incluso  brevemente con alimentos aceptables los vuelven inaceptables” (en el original, pág. 107). Repugnancia que es diferente del disgusto ya que esta está motivada por factores sensoriales, y diferente del peligro por la previsión de consecuencias negativas de este.

La idea que parece estar bajo esta emoción es que: “´uno es lo que come´: si se ingiere lo que es vil uno se envilece” (entrecomillas en el original; pág.108). Según la autora, y en base a diferentes investigadores, la repugnancia es una emoción ligada a nuestra condición animal, una emoción que busca poner barreras a esta condición.

Las heces, el semen, los mocos son repugnantes y evitamos entrar en contacto con ellas. La ingestión de carme es posible pero siempre que se empleen métodos de camuflaje que nos distancian del animal que comemos (sin piel, en pedazos, etc.). Las lágrimas, señala la autora, si bien es una secreción no repugnante, se sostienen porque es considerada específicamente humana. La repugnancia repulsa tanto la condición animal como la mortalidad asociada a ella.

 “Los productos que son repugnantes son los que relacionamos con nuestra vulnerabilidad a la descomposición y  a convertirnos en productos de desecho”. (Pag.110)

La autora cita a Freud  para quien, en El malestar en la cultura,   la repugnancia tiene su origen en nuestra evolución  a la postura de caminar erguidos.

En base a diferentes estudios y teorías, la postura de Nussbaum es que la repugnancia tiene por base, en general, a aquellos productos, personas, que nos recuerdan o remiten a nuestra propia mortalidad y vulnerabilidad animal. Luego, asegura, por medio de la contaminación psicológica puede hacerse extensible a otros objetos. Esta ley del contagio infiere que aquellos objetos que han estado en contacto siguen actuando uno sobre otro. Otra ley que actúa sobre la repugnancia es la de similitud: si dos cosas son iguales se considera que la acción que se realiza sobre una afecta a la otra. La autora señala que la repugnancia, aún con base en la primera infancia, es aprendida socialmente. Los bebés no sienten asco ni a sus heces ni a sus vómitos y las primeras reacciones de asco aparecen hacia los 4 años.

Repugnancia e indignación

Si la repugnancia, insiste Nussbaum, implica la idea central de contaminación del propio ser, la indignación, en cambio, nuclea la idea de un mal o daño. Tomando a Adam  Smith (quien diferencia la indignación del amor romántico, en el que el primero puede ser compartido, como cuando agreden un amigo, mientras que el segundo no, ya que no podemos enamorarnos de quien se enamora nuestro amigo) la autora ubica la emoción de la repugnancia más cerca del amor romántico que de la ira.

Insiste la autora: la repugnancia, al contrario de la indignación, es más problemática en cuanto intenta preservar un ser que no se es, que no somos ninguno, un ser no animal e inmortal.

Nos argumenta en torno a la posibilidad de usar la repugnancia como base legal para aquellos casos en que puede haber daño a terceros ( por ejemplo, unos malos olores de una propiedad que afectan a los propietarios de otra) pero insiste en rechazar aquellos argumentos que, basándose en la repugnancia, insisten en condenar en base a un prejuicio (por ejemplo , que se insiste en prohibir las relaciones homosexuales argumentando  para ello que, cuando se piensan en ellas, producen repugnancia y, en consecuencia, causan daño a la sociedad y deben prohibirse).

Para Nussbaum la repugnancia nunca puede formar base de la argumentación legal. “Su contenido es: ´Repudio este mundo horrible que no es parte de mi. Vomito a esas instituciones paralizantes y me niego a dejar que sean parte de mi ser (puro)´”.(entrecomillado y paréntesis en el original; pág.127)

La indignación, nos dice, tiene una función constructiva ya que lleva el reconocimiento de que alguien ha sufrido una injusticia y no debería haberla sufrido.

La autora se pregunta si ya que la repugnancia está presente en todas las sociedades y es un sentimiento moral muy fuerte, por qué no utilizarla para luchar contra el racismo, el sexismo, etc.

“…la repugnancia nos ata a una fantasía romántica irrealizable de pureza social, y desvía nuestro pensamiento de las medidas reales que podemos implementar para mejorar las relaciones raciales y la conducta de los políticos”. (Pag.129)  

La repugnancia proyectiva y la subordinación de grupos.

A lo largo de la historia los humanos hemos intentado someter a grupos de minoría en base a la diferencia entre lo humano y lo animal, entre razas superiores e inferiores, entre humanos y no humanos. Nussbaum señala que ya en la edad media la construcción de la propaganda antisemita estaba basada en otorgarles a los judíos características de pegajoso, blando, femenino. Durante la primera guerra mundial muchos alemanes proyectaron sobre los judíos, y las mujeres, propiedades misóginas repugnantes que provocaban temor y aversión. En base al estudio de Klaus Theweleit (sobre un grupo de soldados alemanes de esta época) la autora refleja como, tras un período de derrota y humillación (con sus experiencias de vergüenza y vulnerabilidad) los soldados alemanes construyeron una identidad de hombres de acero, puros e impolutos, hombre duros y limpios que contrastaban con las proyecciones del judío blando y femenino que repugnaban y el cual era su objeto de desprecio (y de una persecución y matanza violenta).  En la misma categoría, nos dice la autora, ha sido significado el cuerpo femenino; al ser procreadoras la mujer está vinculada a la continuidad de la vida animal y a la finitud del cuerpo. La construcción imaginada de la mujer también tenía las características de ser blanda, pegajosa, fluida.

“Tanto la repugnancia misógina como la homofóbica tienen profundas raíces en la ambivalencia (especialmente masculina) acerca de productos corporales y su relación con la vulnerabilidad y la muerte”. (Entre paréntesis en el original; pág. 137)

Esta repugnancia, nos explica,  se desplaza luego a un grupo subordinado  por un grupo dominante con un fin político.

Repugnancia, exclusión y civilización

La autora se pregunta si deberíamos las personas prescindir de la repugnancia en todos los ámbitos de nuestras vidas. Si bien es cierto, asegura, que esta repugnancia puede haber sido útil a nivel evolutivo (en cuánto agrega un énfasis al sentido del peligro) también presenta varios riesgos  que hacen descartarla como guía en la sociedad: -1) no orienta bien respecto del peligro genuino-2) esta ligada a formas irracionales de pensamiento mágico-3) es fácilmente distorsionable en términos sociales y utilizada, por lo general, para atacar a grupos e individuos vulnerables.

Repugnancia y legislación

En este capítulo la autora aborda varios ejemplos (pornografía, obscenidad, necrofilia, daños a terceros, crímenes horrorosos) donde la legislación anglosajona ha hecho intentos para utilizar la repugnancia como criterio útil y fiable para el derecho.

Nos interesa en este aspecto rescatar su análisis de los crímenes horrorosos (del nazismo, por ejemplo) donde, si apelamos a la repugnancia, se crea la falsa creencia de que estos crímenes son fenómenos producidos por monstruos, fuera de nuestro universo moral. La autora analiza, entre otros, los crímenes del nazismo y como, bajo la órbita de la repugnancia, tendemos a pensar que aquellos nunca más podrían producirse al estar alejados de nuestra naturaleza. La historia ya ha dado muestras suficientes de la equivocación de esta mirada, a 20 años de la guerra de los Balcanes y los más de 100.000 muertos. La autora apela, en contrapartida, a la indignación como recurso para este abordaje, en cuanto esta juzga las acciones con una base moral, acciones que cualquiera de nosotros podríamos cometer.

Rostros marcados: la vergüenza y el estigma

La autora plantea dos perspectivas en cuanto a la vergüenza y su relación con el derecho. Por un lado la postura que aboga por no incluirla como un castigo por cuanto esta tiene hondas raíces psicológicas y sus efectos puedes ser más perjudiciales que beneficiosos. Por otro lado, nos dirá, están  aquellos estudiosos del derecho anglosajón (como Dan Kahan de la facultad de derecho de Yale) para quienes la vergüenza, por su poder expresivo, es un castigo que debe tener cabida en las leyes. Esta perspectiva parte de la idea de que la decadencia actual de las sociedades occidentales se debe a la pérdida de vergüenza por parte de sus individuos. Un ejemplo que pone luz a esta postura son las ordenanzas de la ciudad de Hoboken, Nueva Jersey, que disponen que aquellos empresarios que orinen en la vía pública sean obligados a limpiar la acera con un cepillo de dientes.

En cuanto a la posición de la autora, no es de extrañar que comience este capítulo con una cita de Sigmund Freud en Psicología de las masas y análisis del yo:

“Así, el nacimiento representa el paso desde un narcisismo que se basta por completo a sí mismo a la percepción de un mundo exterior variable y al primer descubrimiento de objetos. De esta transición, demasiado radical, resulta que no somos capaces de soportar durante mucho tiempo el nuevo estado creado por el nacimiento y nos evadimos periódicamente de él, para hallar de nuevo en el sueño nuestro anterior estado de impasibilidad y aislamiento del mundo exterior”.(Pág.205)

Y es que para ella la vergüenza 

“está presente para todos en la demanda infantil de omnipotencia, de plenitud y comodidad, acompañada, como se halla crecientemente al madurar el niño, por la conciencia de la finitud, la parcialidad y la frecuente indefensión”. (Pág.206)

La vergüenza primitiva, el narcisismo y la edad de oro

Para sostener su postura, que el derecho no puede recurrir a la vergüenza como castigo y de las imprevisibles consecuencias de su uso, la autora va a echar mano de varios autores psicoanalíticos , en especial de Donald Winnicott, con la intención de abordar el origen y desarrollo de la vergüenza. En oposición a Silvan Tomkins (psicólogo cognitivo que abordó esta temática en profundidad)  para quien la vergüenza es un afecto primario y se puede desarrollar seguidamente al nacimiento del bebé, Nussbaum plantea (en base a estudios de Stern, Broucek, Bollas, entre otros) que la vergüenza es una emoción que se desarrolla a lo  largo del primer año de vida del niño, en desarrollo consecuente con la progresiva diferenciación-individuación (Mahler) y al progresivo desarrollo del sentimiento de si y de los objetos.

 Nos parece interesante su aportación del concepto “vergüenza primitiva” ligado a las inevitables y paulatinas derrotas del narcisismo primario del niño.

“Dicho en otras palabras, la vergüenza primitiva que está relacionada con la omnipotencia infantil y con el fracaso narcisista (inevitable), anda furtiva por nuestras vidas, solo superada parcialmente por el posterior desarrollo de la separación y la autonomía del niño” (entre paréntesis en el original; pág.219).

Así  agrega que

“la vergüenza es una conciencia de inadecuación que precede cualquier aprendizaje particular de normas sociales, aunque en la vida posterior se verá sesgada por el aprendizaje social”. (Pág.219)

Para la autora, y tomando como referencia el discurso de Aristófanes en el Banquete de Platón, la vergüenza (relacionada comúnmente con lo sexual) se deposita allí por cuanto simboliza “el anhelo más primitivo de completud y la sensación de que uno tendría por derecho que ser completo” (Pág.220) .Esta es una de las interpretaciones que se pueden dar al relato del Génesis, donde lo que el fruto prohibido viene a expresar a Adán y Eva es su finitud y vulnerabilidad, y la sexualidad como expresión de esto.

Caída la omnipotencia infantil, y entrando en juego la ambivalencia hacia el objeto que provee y frustra, Nussbaum recoge de Fairbain su concepto de “defensa moral”.

“La idea es que el niño que reconoce el deseo de destruir al progenitor que ama se siente amenazado en sí mismo por una sensación de oscuridad ilimitada. Observa que tiene maldad y siente que quizá todo es malo. Pero a esta altura es capaz, de modo rudimentario, de entender la distinción entre su propio ser y sus acciones. Puede buscar  expiar sus actos nocivos sin sentirse del todo perdido. La moral viene a su rescate, en el sentido de que es capaz (con ayuda de otros) de entender que hacer algo malo, no es lo mismo que ser completamente malo”. (Entre paréntesis en el original; pág.222)

En este cuadro la autora aborda el caso de B, presentado por Winnicott en Sostén e interpretación (1986) para dar cuenta de como esta vergüenza primitiva puede actuar, con las condiciones particulares de los cuidadores, en detrimento de una personalidad sana.

Rescata el concepto winnicotiano de “interacción sutil” para mostrar la inevitable y necesaria progresividad del desencuentro entre la omnipotencia infantil y la madre que frustra. Y es que, para la autora, dada la vergüenza primitiva como parte inevitable en el crecimiento del niño, será la familia nuclear y la sociedad las que determinen la balanza del desarrollo, ya en una dirección saludable o, por lo contrario, hacia la constitución de una personalidad patológica (Nussbaum hace referencia aquí al concepto de “falso self” de Winnicott y al de “personalidad normótica” de Bollas).

Respecto del impacto de la sociedad, que puede favorecer o no el desarrollo de vergüenza, la autora toma como referencia a Nancy Chodorow, para quién las sociedades son las que generan maneras de comprender los géneros masculinos y femenino que fomentan, en mayor o menor medida, la idea de que el desarrollo de la masculinidad debe estar asociado a la no-dependencia, a la separación y la autosuficiencia (así como en las mujeres está ligado a la interdependencia y a las emociones) lo que imposibilita el reconocimiento de las emociones, de las necesidades y la consiguiente búsqueda de interacciones sutiles.

La vergüenza y su relación con  la humillación y el bochorno

La autora nos propone aclarar estos conceptos; para ella la humillación es

la cara activa pública de la vergüenza. Humillar a alguien es exponerlo  a la vergüenza, y avergonzar a alguien, en la mayoría de los casos, es humillarlo (al menos si la vergüenza que se provoca es lo suficientemente grave). (entre paréntesis en el original; pág.240).

Y asegura que, si no la provoca, es al menos su intención. Señala que, con diferencia a la vergüenza (que tiene versiones de crítica moral justificada y otras representaciones más suaves)  la humillación “suele afirmar que la persona en cuestión es rastrera, no está a la par de otros en términos de dignidad humana”. (Pág.240)

En cuanto al bochorno, nos aclara, es más leve que la vergüenza. Siendo un estado mental subjetivo este se presenta como más momentáneo, temporario y sin consecuencias. Insiste Nussbaum que el bochorno puede no llevar implícito la noción de defecto y si la percepción de que algo está desencajado en términos sociales. El bochorno emerge en lo social y es contextual, la vergüenza no. Sin público, insiste, no hay bochorno. La vergüenza en cambio puede prescindir de este y afecta a aspectos profundos de la persona.

Puedo sentirme abochornado si entro en una sala llena de gente con la bragueta bajada pero esta emoción no se repetiría si estuviera en casa. Otra característica que señala Nussbaum es que el bochorno aparece por sorpresa, sin que se lleve a cabo de manera intencionada. Si fuera intencionado, aclara, nos moveríamos en la órbita de la humillación.

La vergüenza y su relación con la repugnancia, la culpa, la depresión y la ira.

La autora sostiene que, como ya explicó en los capítulos iniciales, la repugnancia es una emoción que busca distanciarnos de nuestra mortalidad y corporeidad, ocultamos aspectos nuestros que nos son difíciles de aceptar. La vergüenza, asegura, es más sutil. Si la repugnancia es auto engañosa, la vergüenza en cambio puede decirnos (cuando es constructiva) que ciertos logros son importantes y que no hemos estado a la altura. En cuanto a la culpa, y relacionando con lo ya expuesto en torno a la ira, la autora la concibe como una clase de ira dirigida contra uno mismo, reaccionamos  con culpa cuando hemos percibido de que actuamos con injusticia o hemos causado daño; la culpa afecta a la acción (o al deseo de actuar) y, en cambio, la vergüenza afecta al ser. En su concepción la autora concibe la agresión asignada por la culpa como madura en relación a la agresión en la vergüenza. Mientras  la culpa lleva implícito el reconocimiento de los derechos de los demás, la agresión vinculada a la vergüenza es un intento de restaurar el mundo narcisista de la omnipotencia. Siguiendo esta argumentación nos dice que la culpa promueve mecanismos más maduros, como la reparación, el perdón y la creatividad. Insiste: “La vergüenza del tipo primitivo es una amenaza a toda posibilidad de moralidad y comunidad y, por cierto, a una vida interior creativa”. (Pág.245-246)

Siguiendo a Piers la autora asegura que la relación vergüenza –culpa se complejiza aún más porque tanto una como otra pueden ocasionarse.

“Por ejemplo, supongamos que C siente culpa por impulsos (o actos) agresivos. Reacciona inhibiendo su agresión, pero a veces, dice Piers, esta inhibición se extiende “de la destructividad misma a la asertividad, y en casos más patológicos, a la ´actividad´ como tal”. C se siente pasivo e inútil, y esta sensación de incompetencia, especialmente con el trasfondo de las normas sociales, dispara la vergüenza. La vergüenza, a su vez, puede llevar a una compensación excesiva de agresión, en la fantasía o la realidad, la cual conduce nuevamente a la culpa”. (Entrecomillado en el original;Pág. 246, nota 57)

En cuanto a su relación con la depresión, la autora nos indica que la persona avergonzada verá afectada la representación que tiene de sí misma, que los sentimientos de inadecuación pueden llevar como resultado un retraimiento e inhibición.

El rol constructivo de la vergüenza

Existe una vergüenza que puede ser beneficiosa, tanto para los sujetos como para las sociedades en las que viven. La autora se pregunta cuando sería beneficioso que las personas sintieran vergüenza, y en qué circunstancias sería positivo de que se la fomentara. Tomando como base de sus argumentos el libro de Bárbara Ehrenreich Por cuatro duros (bióloga, ensayista y activista social estadounidense, quién se hizo pasar por una mujer sin trabajo y sin estudios y relató las arduas condiciones que tuvo que pasar por diferentes estados americanos)  asegura que el tipo de vergüenza que puede generar el que conoce esta historia va en la línea de unos ideales morales valiosos e importantes y que, sintiéndonos avergonzados, podemos aspirar a intentar ser mejores personas y ciudadanos , más comprometidos con nuestra realidad socio-económica. Considera que esta vergüenza opera en contra de la aspiración narcisista de completud (y su vergüenza primitiva que le acompaña) al reconocernos que hay otras personas, con otras necesidades, con sufrimiento, reconociéndonos, en el otro y con el otro, nuestra vulnerabilidad. Asegura  que incitar a otro vergüenza no es excepcional, y en aquel sentido tampoco perjudicial, siempre y cuando esta promoción de la vergüenza no sea insultante, humillante, coercitiva.  Remarca que hay que diferenciar entre apelar a la vergüenza social y su utilización como método de crianza en los niños. En esos casos el hacer sentir vergüenza puede ser vivido como falta de amor, desprecio, sentir que sólo siendo perfectos somos merecedores de amor con consecuencias, afirma Nussbaum, desastrosas para el desarrollo. Aboga, en contrapartida, por el uso de la culpa (en torno a los actos que el niño hace) como medio más apropiado de castigo.

Se pregunta si esto nos lleva a pensar sobre si las personas deberían o no sentir vergüenza. “La vulnerabilidad a la vergüenza es parte de la exposición del ser que está involucrado en la intimidad”, nos responderá. (Pág.253). Pero una cosa es que la vergüenza sea un telón de fondo de la experiencia humana y otra, muy distinta, alentarla con el supuesto fin del desarrollo psíquico y social.

  

El estigma y las marcas. El rol de la vergüenza en la vida social

Nos recuerda la autora como en todas las sociedades, en base al concepto de normalidad, se crean y fomentan estigmas en sus ciudadanos. Ya sea, insiste, en torno a la obesidad, la fealdad, la torpeza (o sea en torno al cuerpo) o ya en torno a las condiciones de vida (la pobreza) las personas fuera de lo “normal” se pueden sentir avergonzadas (desocupados, minorías sexuales, etc.). Y es que para Nussbaum esta normalidad es el mejor refugio de la omnipotencia (y la consiguiente evitación de la vergüenza) de una sociedad, y sus ciudadanos, que proyectan fuera de ella elementos negativos para conservar para si la ilusión de completud.

“Y los que se llaman “normales” encuentran esta seguridad en la idea de un grupo que es tanto extendido, al rodearlos por todos lados, como bueno y al que nada le falta. Al definir a cierto tipo de personas como completas y buenas, y rodearse de ellas, los normales se sienten reconfortados y tienen ilusión de seguridad. La idea de la normalidad es como un útero sustituto, que anula estímulos intrusos del mundo de la diferencia”. (Pág.256)

“Por lo tanto, la vergüenza en el ser a menudo lleva al deseo de que otros sientan vergüenza y a practicar la humillación y el avergonzar activo que infligen un estigma a personas y grupos vulnerables”.(Pág.257)

La vergüenza como castigo del ciudadano

Las sociedades, nos dice Nussbaum, generan vergüenza en sus ciudadanos; intentan también protegerles contra ella. Es aquí, asegura, donde el derecho cobra un papel importante. Haciendo referencia a Winnicott se pregunta como las leyes pueden dotar de un “ambiente facilitador” a los ciudadanos, con el objetivo de vivir con confianza y tranquilos.

Como ha venido indicando a lo largo del libro, la vergüenza tiene profundas raíces psicológicas en los sujetos y son, por tanto, vulnerables a la estigmatización. ¿Las sociedades, que propugnan  normas de respeto mutuo y reciprocidad, deben intervenir en estos asuntos? , es la pregunta que se intenta responder. En esta línea es que asegura que las instituciones ejercen un papel importante en el desarrollo de los niños.

 “Las normas públicas de una sociedad respecto de asuntos de género, sexualidad y discriminación influyen en la vida de los progenitores y, por ende, en la de sus hijos, de muchas maneras diferentes”. (Pág.264)

Castigos basados en la vergüenza

La autora se manifiesta contra las corrientes de pensamiento que propugnan castigos vergonzantes (contra conductores que beben, drogodependientes, madres solteras) como una medida ejemplificante que expresa los valores que la sociedad rechaza. Estas corrientes remarcan como positivo de la vergüenza su efecto disuasorio. En su intento de sostener su postura la autora repasa la bibliografía que le provee de argumentos que cuestionan esta forma de castigo; el primer argumento es que los castigos avergonzantes humillan y atacan, por tanto afectan a la dignidad humana (por ejemplo en los casos en el que se coloca una pegatina en un coche de una persona castigada por conducir bebiendo, tal como se hace en los estados de Florida, no sólo veríamos conducir a una persona que condujo ebria, veríamos a su pareja, sus hijos y todos podrían verse estigmatizados); en lugar de multarle o encarcelarle le avergonzamos. Mientras, nos dice, la multa o encarcelamiento apelan a la culpa y a la reparación del daño, los castigos avergonzantes apelan a marcar a la persona como una identidad degradada, inferior.

“Los castigos basados en la culpa dicen: ´Usted ha cometido un acto malo´. Los castigos basados en la vergüenza expresan: ´usted es una persona defectuosa´”. (Entrecomillado en el original; pág.270)

Pero además, insiste (y este es el segundo argumento) la utilización de los castigos avergonzantes produce otros efectos: el de la falsa creencia de que en  la sociedad existen grupo de ´normales´ (en el ejemplo arriba citado, los que no conducen bebidos) que intentaran apartar a aquel que se aleje de la norma, que la transgreda, convirtiéndose en un grupo estigmatizado. Si el estado, nos dice Nussbaum, promueve los castigos avergonzantes, incita a que sus ciudadanos también avergüencen al que comete un delito. El tercer argumento, nos dice, es histórico. El uso de los castigos avergonzantes a lo largo de la historia ha servido para estigmatizar minorías (étnicas, raciales, sexuales) por parte de un grupo dominante. El cuarto argumento contrarresta  la idea de que los castigos avergonzantes son efectivos. Siguiendo al psicólogo James Gilligan asegura que las personas humilladas se alienan más y se agravan sus dificultades. Por último, como quinto argumento,  asegura que los castigos avergonzantes exigen un mayor control social de los individuos.

Nussbaum hace una crítica de que en los Estados Unidos (a diferencia  de Europa) la política pública carcelaria aún humille y denigre a las personas presas, perdiendo su dignidad humana por el mero hecho de haber cometido un delito (existen 10 estados americanos que niegan el voto de por vida a los delincuentes convictos).

La vergüenza y los  “pánicos morales”: La animosidad hacia las relaciones homosexuales

La autora se refiere con pánicos morales a “las situaciones en las que se hace blanco a ciertos grupos desviados de un tratamiento agresivo a manos de la policía y otras autoridades, porque se cree que representan un peligro grave e inmediato para la sociedad-, pero el peligro en gran medida es inventado, como lo son las características supuestamente peligrosas del grupo al que se apunta”. (Pág.291). De manera extensa analiza como las disputas legales en torno a la defensa del matrimonio como una unión de personas de diferente género involucra la idea de contagio y contaminación propia del pensamiento mágico que genera la repugnancia. La sexualidad, asegura, es un lugar probable para el surgimiento de la vergüenza.

“La gente se siente extremadamente ansiosa respecto de su sexualidad y amenazada de pasar vergüenza en ese aspecto, especialmente en unos Estados Unidos donde las ideas de perfección sexual están difundidas en la cultura y se promueven normas no realistas e inflexibles para todos”.(Pág.302-303).

Nussbaum sostiene que detrás de las campañas públicas contra el matrimonio homosexual no está la religión sino un “tipo de agresión narcisista primitiva deseosa de reafirmar el control sobre la familia y el sexo, estigmatizando a gays y lesbianas”. (Pág.303)

Si bien puede considerarse que la religión es una esfera privada de la vida de los ciudadanos, no podemos olvidar su relación con el estado y de los beneficios fiscales que estas instituciones reciben (Nussbaum nos cuenta el caso de una universidad americana que perdió su exención fiscal por prohibir entre sus miembros el casamiento interracial).

Para finalizar, la autora propone que las leyes deben proteger a sus ciudadanos contra las presiones del estado así como de presiones sociales  y que el develamiento de la dinámica narcisista y las humillaciones de grupos nos da fuertes razones para ello.

 Cómo preservar a los ciudadanos de la vergüenza

Asegura Nussbaum que si bien el estado no debe humillar a sus ciudadanos, este paso debe ir más allá. El estado, a través de la legislación, debe proteger a sus ciudadanos de la vergüenza y el estigma. Su concepción se centra en un estado de bienestar que promueva un ambiente facilitador para el desarrollo integral de las personas. La pobreza, nos dice, es una de las condiciones de vida mas estigmatizadas de nuestras sociedades; deberá entonces el estado proveer aquellos medios para que las personas puedan trabajar y sostenerse de manera digna. Ahora bien, se pregunta, bajo qué concepción de personas normales se han de construir estas condiciones. Si sostenemos, insiste, la ilusión narcisista de completud y perfección el estado sólo legislará con normas destinadas a las personas, supuestamente, normales dejando de lado a aquellos sujetos (todos nosotros) que en algún momento de nuestras vidas vamos a vernos o impedidos, o enfermos o incapacitados. La autora hace, en este sentido, especial hincapié en las personas discapacitadas (físicas y mentales) y la necesidad de integrarlos en una concepción amplia de sujeto del contrato social.

“No deberíamos permitir que la ficción narcisista de una perfección sustituta o de invulnerabilidad sirva como justificación para negar el derecho a estar en el mundo a grandes cantidades de personas, cuya mayor vulnerabilidad es el resultado de ordenamientos sociales organizados en torno de las necesidades de un grupo dominante”. (Pág.364)

Para terminar dejamos esta última cita de la escritora que refleja su intención de desarrollar un liberalismo sin ocultamiento:

“los contornos de algunas capacidades que la sociedad liberal debe valorar y desarrollar en mayor medida: la capacidad de disfrutar de relaciones de interdependencia, en vez de las de dominación; la capacidad de reconocer el carácter de seres incompletos, animales y mortales, de uno mismo y de los demás. A través de la educación pública y de la creación general de instituciones públicas y de una cultura pública, la sociedad puede hacer mucho para alentar estas capacidades y desalentar las que llevan a relaciones sociales desiguales y jerárquicas.”(Pág. 394)

Comentario final

A lo largo de la elaboración no he podido evitar pensar la cantidad de acontecimientos de nuestra realidad que podían ser abordados a través de la visión de Marta Nussbaum. Los ataques contra las minorías sexuales, en contra de las minorías raciales y contra las libertades de las mujeres siguen vigente en nuestros días. Quizás para el clínico esta mirada está excluida en el análisis de sus pacientes pero aceptar una propuesta que intenta entroncar el análisis del desarrollo subjetivo junto al análisis de las sociedades en el que se desenvuelven permite una mirada más completa y nos pone en alerta para reflexionar sobre cuál es nuestra función en nuestro papel de agentes de salud.